Abogado laboralista en Granollers para reclamar un despido improcedente

DESPIDO IMPROCEDENTE: GUÍA PASO A PASO PARA RECLAMAR

Recibir una carta de despido genera dudas inmediatas: ¿es legal?, ¿me corresponde indemnización?, ¿puedo cobrar el paro?, ¿tengo que firmar?, ¿cuánto tiempo tengo para reclamar? En esta guía te explicamos, paso a paso, qué hacer ante un posible despido improcedente y cómo proteger tus derechos desde el primer día.

En García Degà Advocats, abogados laboralistas en Granollers, revisamos cartas de despido, calculamos indemnizaciones y preparamos reclamaciones laborales para trabajadores que sospechan que su despido no está correctamente justificado.

Esta página funciona como guía general sobre despido improcedente. Si tu caso tiene una causa concreta, también puedes consultar nuestras guías específicas sobre despido disciplinario, despido estando de baja médica o despido estando de baja por accidente laboral.

¿QUÉ ES UN DESPIDO IMPROCEDENTE?

Un despido improcedente es aquel en el que la empresa no acredita una causa válida para despedir o no cumple los requisitos formales exigidos por la ley. Es decir, no todo despido injusto se convierte automáticamente en nulo, pero sí puede ser declarado improcedente si la empresa no demuestra correctamente su decisión.

Puede haber despido improcedente, por ejemplo, cuando:

Cuando un despido se declara improcedente, la empresa debe optar, con carácter general, entre readmitir al trabajador o pagar la indemnización correspondiente.

Trabajador revisando una carta de despido improcedente con apoyo legal en Granollers
La carta de despido es el documento clave para valorar si la empresa ha justificado correctamente la extinción del contrato.

DIFERENCIA ENTRE DESPIDO IMPROCEDENTE, PROCEDENTE Y NULO

Antes de reclamar, conviene entender las tres posibles calificaciones principales de un despido:

Tipo de despido Qué significa Consecuencia habitual
Procedente La empresa acredita la causa y cumple los requisitos legales. El despido se mantiene. Puede no haber indemnización, según el tipo de despido.
Improcedente La empresa no prueba la causa o incumple requisitos formales. Indemnización o readmisión, según proceda.
Nulo El despido vulnera derechos fundamentales o se basa en una causa discriminatoria. Readmisión, salarios de tramitación y posible indemnización adicional.

La diferencia es importante. Si solo se reclama improcedencia cuando en realidad hay indicios de nulidad, puedes perder una opción más fuerte. Por eso conviene revisar bien el caso antes de presentar la papeleta de conciliación.

SEÑALES DE QUE TU DESPIDO PUEDE SER IMPROCEDENTE

Hay señales que suelen indicar que merece la pena revisar el despido:

Estos indicios no garantizan por sí solos que el despido sea improcedente, pero sí justifican una revisión legal antes de dejar pasar el plazo.

QUÉ HACER SI TE HAN DESPEDIDO: PASO A PASO

1. No firmes como conforme si tienes dudas

Si te entregan una carta de despido, puedes firmar como “no conforme” y poner la fecha real de entrega. Firmar la recepción no significa aceptar el despido, pero firmar documentos de acuerdo o finiquitos mal redactados puede perjudicarte.

2. Guarda todos los documentos

Conserva carta de despido, finiquito, nóminas, contrato, comunicaciones de la empresa, WhatsApps, correos, cuadrantes, fichajes y cualquier prueba que pueda ayudar a demostrar que el despido no está justificado.

3. Calcula el plazo de 20 días hábiles

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero es un plazo muy corto. No conviene esperar al último día.

4. Presenta papeleta de conciliación

Antes de acudir al juzgado, normalmente hay que presentar una papeleta de conciliación. Este trámite intenta que empresa y trabajador alcancen un acuerdo. Si no hay acuerdo, se puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.

5. Valora si reclamar improcedencia o nulidad

No todos los casos deben plantearse igual. En algunos despidos interesa reclamar improcedencia; en otros, si hay discriminación o vulneración de derechos fundamentales, puede reclamarse la nulidad.

¿CUÁNTA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDE POR DESPIDO IMPROCEDENTE?

La indemnización por despido improcedente depende de la antigüedad, el salario regulador y la fecha de inicio de la relación laboral. Como regla general, para contratos posteriores a la reforma laboral de 2012, la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con el límite legal correspondiente.

En contratos anteriores a 2012 puede existir un tramo calculado a 45 días por año por el periodo previo a la reforma, y otro tramo a 33 días por año por el periodo posterior. Por eso es importante calcularlo bien y no aceptar una cantidad sin revisarla.

Además de la indemnización, también debe revisarse el finiquito, que puede incluir salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extras devengadas, pluses o cantidades de convenio.

¿PUEDO COBRAR EL PARO SI RECLAMO EL DESPIDO?

Sí. Puedes solicitar la prestación por desempleo si cumples los requisitos de cotización y existe una comunicación empresarial de despido. No es necesario esperar a que un juez declare el despido improcedente para pedir el paro.

Son dos vías distintas:

Impugnar el despido no impide solicitar la prestación, y solicitar la prestación no significa renunciar a reclamar.

ERRORES FRECUENTES TRAS UN DESPIDO

Después de un despido es normal actuar con nervios, pero hay errores que pueden costar dinero o derechos:

EL PAPEL DE UN ABOGADO LABORALISTA

Un abogado laboralista no solo presenta una reclamación. Su función es analizar la estrategia completa: revisar la carta, calcular cantidades, comprobar plazos, preparar la conciliación, negociar con la empresa y, si es necesario, presentar demanda.

En un despido improcedente, un buen análisis previo puede marcar la diferencia entre aceptar una cantidad baja o reclamar lo que realmente corresponde.

En García Degà Advocats podemos ayudarte a:

Trabajador consultando a un abogado laboralista en Granollers por despido improcedente
Antes de aceptar una indemnización, conviene revisar si el despido está bien calculado y si existen opciones de reclamar.

DOCUMENTOS QUE DEBES TRAER A LA CONSULTA

Para revisar bien un despido, intenta reunir:

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DESPIDO IMPROCEDENTE

¿Qué plazo tengo para reclamar un despido improcedente?

El plazo general es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad, por lo que conviene actuar de inmediato.

¿Qué pasa si firmé la carta de despido?

Firmar la recepción de la carta no significa necesariamente aceptar el despido. Lo importante es revisar qué firmaste exactamente y si añadiste “no conforme”.

¿La empresa siempre elige entre readmitir o indemnizar?

En el despido improcedente, con carácter general, la empresa opta entre readmisión o indemnización. Hay particularidades si el trabajador es representante legal de los trabajadores.

¿Puedo reclamar si ya cobré el finiquito?

Depende de lo que firmaste. Cobrar cantidades pendientes no impide siempre reclamar el despido, pero si firmaste un acuerdo transaccional o una renuncia, hay que revisarlo con cuidado.

¿Despido improcedente y despido nulo son lo mismo?

No. El improcedente se produce cuando la empresa no prueba bien la causa o incumple requisitos. El nulo se da cuando hay vulneración de derechos fundamentales o discriminación, y normalmente implica readmisión obligatoria.

¿Puedo cobrar el paro mientras reclamo?

Sí, si cumples los requisitos generales de cotización. La reclamación por despido y la solicitud de paro son trámites distintos.

CONTACTA CON GARCÍA DEGÀ ADVOCATS

Un despido improcedente puede afectar a tu estabilidad económica y profesional. No dejes pasar el plazo de 20 días hábiles sin revisar tu caso.

En García Degà Advocats, abogados laboralistas en Granollers, analizamos tu carta de despido, calculamos tu indemnización y te explicamos si merece la pena reclamar.

No ofrecemos consultas gratuitas. Atendemos de forma presencial en Granollers y también online cuando el asunto lo permite.


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