GUÍA COMPLETA DEL PERMISO PARA FAMILIAS MONOPARENTALES: CÓMO SOLICITAR TUS 32 SEMANAS
La protección de la familia y la infancia ha dado un paso de gigante en España. Con la reciente aprobación del Real Decreto-ley 9/2025, de 30 de julio, se ha puesto fin a una situación de clara desventaja para las familias monoparentales, equiparando sus derechos de descanso por nacimiento con los de las familias biparentales. Esta reforma, largamente esperada, amplía el permiso hasta las 32 semanas, reconociendo una realidad social y corrigiendo una discriminación que afectaba directamente al bienestar del menor.
Entendemos que la burocracia puede ser abrumadora, especialmente con un nuevo miembro en la familia. Por eso, en García Degà Advocats, hemos preparado esta guía detallada para que entiendas qué ha cambiado, cómo te afecta y, lo más importante, cómo solicitar este nuevo derecho paso a paso, con un enfoque práctico para los residentes en Granollers y el resto de Cataluña.
¿QUÉ CAMBIA CON EL REAL DECRETO-LEY 9/2025 PARA FAMILIAS MONOPARENTALES?
La principal novedad es la creación de un permiso específico de 32 semanas para el progenitor único. Hasta ahora, una madre o padre solo disfrutaba de las 16 semanas de permiso por nacimiento, la mitad del tiempo total que sumaban dos progenitores (16+16). Esta diferencia no solo limitaba el tiempo de cuidado del bebé, sino que también suponía una merma económica y emocional.
El RDL 9/2025 viene a corregir esta situación, fundamentándose en varias sentencias clave y en el principio de protección del interés superior del menor.
De 16 a 32 semanas: la equiparación como un derecho reconocido
El cambio más significativo es la modificación del artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores. Donde antes solo se contemplaban 16 semanas, ahora se establece que, en caso de un único progenitor, este «tendrá derecho a disfrutar de un periodo de suspensión del contrato de treinta y dos semanas».
Esta medida no es un «regalo», sino el reconocimiento de un derecho. Se entiende que el tiempo de cuidado y el vínculo afectivo que un menor necesita no deben depender de si tiene uno o dos progenitores. Las 32 semanas buscan garantizar que el bebé reciba la misma atención y dedicación durante sus primeros meses de vida, independientemente de la estructura familiar.
El fin de la discriminación: la respuesta a las sentencias del Tribunal Supremo
Esta reforma no surge de la nada. Es el resultado de una larga batalla legal y social. El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional ya habían emitido sentencias que consideraban discriminatorio que un menor de una familia monoparental tuviera menos tiempo de cuidado que uno de una familia con dos progenitores.
Los tribunales argumentaban que el verdadero titular del derecho al cuidado es el menor, y que la legislación anterior le perjudicaba indirectamente. El nuevo decreto ley recoge este sentir y lo convierte en una norma de aplicación general, evitando que cada familia tenga que iniciar un proceso judicial para reclamar lo que ahora es un derecho consolidado.
CÓMO SE DISTRIBUYEN LAS 32 SEMANAS DE PERMISO: GUÍA PRÁCTICA 🤔
Una de las dudas más frecuentes es cómo se puede disfrutar este nuevo permiso de 32 semanas. La ley establece una estructura clara que combina un periodo obligatorio con una gran flexibilidad para el resto del descanso. Se organiza así:
6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el parto: Este primer bloque es idéntico al que ya existía. Son seis semanas que deben disfrutarse obligatoriamente a jornada completa e inmediatamente después del nacimiento o de la resolución judicial de adopción o acogimiento. Su finalidad es asegurar la recuperación de la madre y el primer cuidado intensivo del recién nacido.
22 semanas flexibles: Aquí reside una de las grandes ventajas. Estas semanas pueden disfrutarse de forma continuada o interrumpida, en periodos semanales, hasta que el menor cumpla los 12 meses. Además, pueden disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo con la empresa. Esta flexibilidad permite adaptar el permiso a las necesidades de la familia y facilitar una reincorporación gradual al trabajo.
4 semanas adicionales hasta los 8 años del menor: Esta es la otra gran novedad introducida para todos los progenitores. A partir del 1 de enero de 2026, se dispondrá de cuatro semanas adicionales de permiso parental que podrán disfrutarse, de forma continua o discontinua, hasta que el niño o niña cumpla 8 años. Es importante destacar que este permiso no es retribuido al 100% como los anteriores, sino que se percibirá una prestación equivalente a la de incapacidad temporal.
PASO A PASO: CÓMO SOLICITAR LA PRESTACIÓN EN GRANOLLERS Y BARCELONA 📍
El proceso de solicitud en Cataluña tiene una particularidad esencial: primero debes acreditar oficialmente que eres una familia monoparental. A continuación, te detallamos el proceso completo.
Paso 1 (Clave en Cataluña): Obtener el Título de Familia Monoparental
Antes de dirigirte a la Seguridad Social, necesitas el «Títol de Família Monoparental» que emite la Generalitat de Catalunya. Este documento es el que certificará tu condición ante el INSS.
¿Cómo se solicita? El trámite se realiza a través del portal de la Generalitat. Puedes hacerlo telemáticamente si dispones de certificado digital o presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC).
¿Qué necesitas? DNI/NIE, libro de familia, certificado de empadronamiento y otros documentos que acrediten que eres el único progenitor a cargo del menor.
Consejo: Inicia este trámite con antelación, incluso antes del nacimiento si es posible, ya que su expedición puede tardar varias semanas.
Paso 2: Presentar la solicitud en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Una vez tengas el Título de Familia Monoparental, ya puedes solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor en el INSS.
¿Dónde? Puedes realizar la solicitud online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (portal «Tu Seguridad Social») o presencialmente. Para los residentes en nuestra área de influencia, la oficina de referencia es la del INSS en Granollers: C/ Josep Umbert, 84-86, 08402 Granollers (Teléfonos: 938 701 894 / 938 706 134).
¿Cuándo? Debes presentar la solicitud una vez haya nacido el bebé.
Paso 3: Documentación necesaria
Asegúrate de tener toda la documentación preparada para agilizar el proceso:
- Solicitud oficial de la prestación.
- DNI/NIE del solicitante.
- Certificado de empresa con las bases de cotización.
- Libro de familia o certificado de nacimiento del bebé.
- Título de Familia Monoparental expedido por la Generalitat.
- Declaración de situación de actividad y otros documentos si trabajas por cuenta propia.
Si el proceso te resulta complejo o la empresa pone impedimentos, contar con el asesoramiento de abogados de Granollers especializados en derecho laboral puede ser crucial para garantizar tus derechos.
¿A QUIÉN SE APLICA LA RETROACTIVIDAD DE LA NORMA?
La entrada en vigor de la norma genera dudas sobre su aplicación a nacimientos ocurridos antes de su publicación. La ley lo aclara:
Nacimientos desde el 2 de agosto de 2024: La ampliación a 32 semanas se aplica a todos los nacimientos, adopciones o acogimientos que se produzcan a partir de esta fecha. Si el nacimiento fue el 2 de agosto o posterior, ya tienes derecho a las 32 semanas completas.
Periodo transitorio hasta 2026: Las 22 semanas flexibles se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla un año. Las 4 semanas adicionales del nuevo permiso parental estarán disponibles para todos a partir del 1 de enero de 2026, siempre que el menor no haya cumplido los 8 años.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PERMISO MONOPARENTAL (FAQS)
❓ ¿Cuándo entra en vigor el permiso de 32 semanas para familias monoparentales?
Entró en vigor el 2 de agosto de 2025, un día después de su publicación en el BOE. Se aplica a todos los nacimientos a partir de esa fecha.
❓ ¿Cómo se distribuyen las 32 semanas de permiso monoparental?
Se dividen en 6 semanas obligatorias postparto a jornada completa, 22 semanas flexibles (hasta el primer año del bebé, a jornada completa o parcial) y 4 semanas adicionales (a partir de 2026, hasta los 8 años del menor).
❓ ¿Qué documentos necesito para pedir la baja de 32 semanas?
Principalmente: solicitud oficial, DNI/NIE, certificado de empresa, libro de familia y, fundamental en Cataluña, el Título de Familia Monoparental de la Generalitat.
❓ ¿Cómo solicitar el título de familia monoparental en Cataluña?
Se solicita en el Departament de Drets Socials de la Generalitat de Catalunya, de forma telemática o presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC).
❓ ¿Tiene carácter retroactivo la nueva ley de permiso monoparental?
Sí, para todos los nacimientos, adopciones o acogimientos que hayan tenido lugar a partir del 2 de agosto de 2025. No se aplica a nacimientos anteriores a esa fecha.
❓ ¿Dónde se solicita la prestación por nacimiento en Granollers?
La solicitud se presenta en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La oficina de referencia es la de la Calle Josep Umbert, 84-86, Granollers. También se puede tramitar online.
❓ ¿Puedo coger el permiso monoparental a tiempo parcial?
Sí, las 22 semanas de permiso flexible pueden disfrutarse a tiempo parcial, previo acuerdo con la empresa. Las 6 semanas iniciales obligatorias deben ser siempre a jornada completa.
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