Cuando existe una sentencia o un convenio regulador que fija un régimen de visitas, entregas, recogidas o comunicaciones con los hijos, ambas partes deben cumplirlo. El problema aparece cuando uno de los progenitores empieza a incumplir: no entrega al menor, llega tarde de forma reiterada, impide llamadas, no acude a recogerlo, cambia unilateralmente fines de semana o utiliza a los hijos como herramienta de presión.
El incumplimiento del régimen de visitas no debe gestionarse con discusiones interminables por WhatsApp ni con decisiones impulsivas. La vía correcta es documentar bien lo ocurrido y, si el incumplimiento continúa, solicitar la ejecución de sentencia de familia ante el juzgado que dictó las medidas.
En García Degà Advocats, abogados de familia en Granollers, ayudamos a madres y padres que sufren incumplimientos reiterados del régimen de visitas, problemas en las entregas, negativas injustificadas, bloqueos de comunicación con los hijos o conflictos graves tras una separación o divorcio.
Esta página se centra en las visitas y el cumplimiento de medidas personales. Si el problema principal es que no te pagan la pensión de alimentos, consulta nuestra guía específica sobre reclamación de impago de pensión de alimentos. Si necesitas revisar custodia o plan de parentalidad, puedes ver también nuestra página de custodia compartida en Granollers.
¿QUÉ SE CONSIDERA INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS?
Existe incumplimiento cuando uno de los progenitores no respeta lo acordado en sentencia, auto o convenio regulador aprobado judicialmente. No hablamos de pequeños retrasos aislados o situaciones justificadas, sino de conductas que alteran el régimen fijado y perjudican la estabilidad de los hijos.
Algunos ejemplos habituales son:
- No entregar al menor en el día u hora fijados.
- No acudir a recoger al hijo durante el fin de semana o periodo acordado.
- Retrasos reiterados en las entregas o devoluciones.
- Cambios unilaterales de días, horarios o vacaciones.
- Impedir llamadas, videollamadas o comunicaciones previstas.
- Negarse a facilitar documentación, ropa, medicación o material necesario.
- Utilizar excusas repetidas para impedir el contacto con el otro progenitor.
- No devolver al menor tras el periodo de visitas.
- Interferir en la relación del hijo con el otro progenitor.
Lo importante es distinguir entre un incidente puntual y un incumplimiento reiterado. Un retraso aislado puede no justificar una ejecución judicial. Una conducta repetida, documentada y sin causa razonable sí puede permitir actuar.
TIPOS DE INCUMPLIMIENTO: NO TODOS LOS CASOS SON IGUALES
Cuando el progenitor custodio impide las visitas
Ocurre cuando quien tiene al menor bloquea o dificulta el contacto con el otro progenitor. Por ejemplo, no entrega al niño, cambia los horarios, pone excusas constantes o impide las llamadas acordadas.
En estos casos puede solicitarse al juzgado que requiera al progenitor incumplidor para que cumpla la resolución, con advertencia de consecuencias legales. Si el incumplimiento continúa, pueden pedirse multas coercitivas, intervención de Punto de Encuentro Familiar o incluso una modificación de medidas si se acredita perjuicio para el menor.
Cuando el progenitor no custodio no recoge al menor
También hay incumplimiento cuando el progenitor que tiene derecho de visitas no aparece, cancela constantemente, deja al menor esperando o ejerce las visitas de forma irregular y dañina.
En estos casos no siempre se puede “obligar” a alguien a mantener una relación personal si no quiere, pero sí se pueden documentar los incumplimientos y pedir una adaptación del régimen si esa inconstancia perjudica al menor. En algunos supuestos, puede solicitarse una modificación del régimen de visitas para hacerlo más realista y protector.
Cuando hay conflictos en entregas y recogidas
Muchas ejecuciones de familia nacen de problemas en el momento de entrega: discusiones, insultos, retrasos, cambios de lugar, uso de terceras personas o tensión delante de los hijos.
Si las entregas se han convertido en un foco de conflicto, puede valorarse pedir medidas concretas: entrega en centro escolar, intervención de un familiar neutral, fijación más clara de horarios o uso del Punto de Encuentro Familiar.
PRIMER ERROR: TOMARTE LA JUSTICIA POR TU MANO
Uno de los errores más peligrosos es responder a un incumplimiento con otro incumplimiento. Por ejemplo: “como no paga la pensión, no le dejo ver al niño”; o “como no cumple horarios, ahora no le entrego al menor”.
No lo hagas. La pensión de alimentos y el régimen de visitas son obligaciones distintas. El impago debe reclamarse por su vía, y las visitas deben cumplirse mientras la resolución siga vigente. Si impides visitas por represalia, puedes acabar perjudicando tu posición ante el juzgado.
La respuesta correcta no es bloquear al otro progenitor, sino probar el incumplimiento y pedir al juzgado que actúe.
CÓMO DEMOSTRAR EL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS
En familia, tener razón no basta. Hay que probarlo. El juez no sabe qué ocurre en tu casa, en la puerta del colegio o durante las entregas. Solo puede valorar lo que se aporta al procedimiento.
Para demostrar un incumplimiento, conviene documentar:
- Fecha y hora exacta del incumplimiento.
- Qué debía ocurrir según la sentencia o convenio.
- Qué ocurrió realmente.
- Mensajes enviados antes y después.
- Justificantes de desplazamiento o presencia en el lugar de entrega.
- Correos, burofaxes o comunicaciones fehacientes.
- Testigos neutrales si los hay.
- Informes escolares, médicos o psicológicos si existe afectación del menor.
Lo ideal es crear una cronología clara. No basta con decir “incumple siempre”. Hay que poder explicar: día, hora, obligación concreta, incumplimiento y prueba.

¿SIRVEN LOS WHATSAPP COMO PRUEBA?
Sí, pueden servir, pero con cautela. Los mensajes de WhatsApp son útiles para acreditar avisos, negativas, cambios de horario o excusas del otro progenitor. Sin embargo, si la otra parte impugna su autenticidad, puede ser necesario reforzarlos con otros medios.
Para reducir riesgos:
- No borres conversaciones.
- Guarda capturas donde se vea fecha, hora y número o contacto.
- Exporta la conversación si es necesario.
- Evita manipular, recortar o seleccionar mensajes de forma confusa.
- Usa burofax o email certificado para requerimientos importantes.
- Valora una pericial informática si los mensajes son la prueba principal.
Un pantallazo aislado puede ser débil. Una secuencia ordenada de comunicaciones, acompañada de burofax, extractos, justificantes o testigos neutrales, tiene mucha más fuerza.
REQUERIMIENTO PREVIO: CUÁNDO CONVIENE ENVIAR BUROFAX
Antes de presentar una ejecución, muchas veces conviene enviar un requerimiento formal. No siempre es obligatorio, pero puede ser muy útil para demostrar que se ha intentado resolver el conflicto y que la otra parte ha sido advertida.
El requerimiento debe ser claro, respetuoso y concreto. Debe indicar:
- Qué resolución judicial regula las visitas.
- Qué incumplimientos se han producido.
- Qué se exige a partir de ahora.
- Qué consecuencias tendrá si continúa incumpliendo.
Evita mensajes agresivos o amenazas. Todo lo que escribas puede acabar en el juzgado. La comunicación debe reforzar tu posición, no perjudicarte.
VÍA CORRECTA: DEMANDA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE FAMILIA
Si existe una resolución judicial y el otro progenitor la incumple, la vía habitual es presentar una demanda de ejecución de sentencia. Esta demanda se presenta ante el juzgado que dictó las medidas o ante el órgano competente para ejecutarlas.
En la ejecución se puede solicitar que el juzgado requiera al progenitor incumplidor para que cumpla exactamente lo acordado. Si el incumplimiento continúa, pueden pedirse medidas adicionales.
Según el caso, se puede solicitar:
- Requerimiento formal de cumplimiento.
- Apercibimiento de consecuencias legales.
- Multas coercitivas por incumplimientos reiterados.
- Intervención del Punto de Encuentro Familiar.
- Fijación más precisa de entregas y recogidas.
- Medidas para facilitar llamadas o comunicaciones.
- Modificación de medidas si el incumplimiento reiterado perjudica al menor.

¿DENUNCIA EN COMISARÍA O DEMANDA CIVIL?
Depende del caso, pero en la mayoría de incumplimientos ordinarios del régimen de visitas, la vía más eficaz suele ser la civil: ejecución de sentencia de familia.
Acudir a comisaría puede servir para dejar constancia puntual de un hecho grave o urgente, pero una denuncia policial aislada no suele resolver el problema de fondo. Si lo que necesitas es que se cumpla la sentencia, que se ordenen entregas, que se fijen consecuencias o que se modifiquen medidas, normalmente tendrás que acudir al juzgado de familia.
La vía penal debe reservarse para supuestos especialmente graves: desobediencias claras a resoluciones judiciales, retenciones graves, situaciones de riesgo o conductas que puedan constituir delito. No todo incumplimiento de visitas es automáticamente delito.
¿QUÉ PUEDE HACER EL JUEZ ANTE UN INCUMPLIMIENTO?
El juzgado puede adoptar distintas medidas según la gravedad, reiteración y prueba del incumplimiento. Entre ellas:
- Requerir formalmente al progenitor incumplidor.
- Advertirle de consecuencias si continúa incumpliendo.
- Imponer multas coercitivas.
- Ordenar medidas para facilitar la entrega o comunicación.
- Derivar las entregas al Punto de Encuentro Familiar.
- Valorar una modificación del régimen de visitas.
- Valorar cambios en guarda y custodia si el incumplimiento es grave y perjudica al menor.
La finalidad no es castigar al progenitor, sino proteger el interés del menor y garantizar que la resolución judicial se cumpla.
¿SE PUEDE CAMBIAR LA CUSTODIA POR INCUMPLIR LAS VISITAS?
Sí puede llegar a valorarse, pero no es automático. El incumplimiento reiterado del régimen de visitas puede ser un elemento relevante para solicitar una modificación de medidas, especialmente si perjudica al menor o demuestra que el régimen actual no funciona.
Ahora bien, el juez no cambia una custodia solo para castigar al incumplidor. La clave es el interés superior del menor. Por eso, para pedir un cambio importante conviene aportar pruebas de:
- Incumplimientos reiterados.
- Impacto emocional o psicológico en el menor.
- Inestabilidad provocada por el régimen actual.
- Informes escolares, médicos o psicológicos si existen.
- Intentos previos de cumplimiento sin resultado.
Si el problema es estructural, puede pedirse una modificación del régimen para hacerlo más claro, más protegido o más adecuado a la situación real.
PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR: CUÁNDO PUEDE SER ÚTIL
El Punto de Encuentro Familiar puede ser una solución cuando las entregas son conflictivas, hay tensión entre progenitores o el menor queda expuesto a discusiones.
Puede solicitarse cuando:
- Las entregas generan enfrentamientos.
- Hay riesgo de manipulación o presión al menor.
- El progenitor incumplidor niega entregas o recogidas.
- Hace falta un entorno neutral.
- Se quiere dejar constancia objetiva de asistencias e incumplimientos.
No siempre es necesario, pero en casos de alta conflictividad puede ayudar a reducir tensión y generar prueba objetiva.
GASTOS EXTRAORDINARIOS E IMPAGO: NO LO MEZCLES TODO
En muchos casos el incumplimiento de visitas viene acompañado de impago de pensión o de gastos extraordinarios. Es importante no mezclarlo todo sin orden.
Las visitas, la pensión de alimentos y los gastos extraordinarios pueden reclamarse, pero cada cuestión requiere una estrategia y prueba concreta.
Si lo que quieres reclamar son mensualidades impagadas, intereses, embargos o vía penal por impago de alimentos, lo correcto es trabajar esa reclamación como una ejecución económica. Puedes ampliar información en nuestra guía sobre impago de pensión de alimentos.
Si lo que quieres reclamar son gastos extraordinarios, habrá que revisar si eran necesarios, urgentes, previstos en sentencia o si requerían consentimiento previo del otro progenitor.
ERRORES FRECUENTES EN CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE VISITAS
- Impedir visitas como represalia por impago de pensión.
- No documentar fechas y horas concretas.
- Usar mensajes agresivos que luego se vuelven en contra.
- Presentar capturas de WhatsApp desordenadas o incompletas.
- Acudir solo a comisaría y no pedir ejecución civil.
- No pedir burofax o requerimiento formal cuando conviene.
- Confundir un retraso puntual con un incumplimiento reiterado.
- Pedir cambio de custodia sin acreditar perjuicio al menor.
- Mezclar alimentos, gastos extraordinarios y visitas sin estrategia.
¿Tu ex incumple las visitas o las entregas? Escríbenos por WhatsApp y revisamos sentencia, pruebas y estrategia.
QUÉ HACER PASO A PASO SI TU EX INCUMPLE LAS VISITAS
- Lee la sentencia o convenio. Hay que saber exactamente qué obligación se está incumpliendo.
- Anota cada incumplimiento. Fecha, hora, lugar, qué debía pasar y qué ocurrió.
- Guarda mensajes y pruebas. WhatsApps, emails, justificantes, testigos o documentos.
- No respondas con otro incumplimiento. No bloquees visitas ni uses la pensión como presión.
- Envía requerimiento formal si procede. Especialmente si el incumplimiento se repite.
- Consulta con abogado de familia. Para valorar ejecución, modificación de medidas o vía urgente.
- Presenta ejecución de sentencia. Si el incumplimiento continúa y hay prueba suficiente.
CÓMO TE AYUDA GARCÍA DEGÀ ADVOCATS
En García Degà Advocats podemos ayudarte a gestionar el incumplimiento del régimen de visitas con una estrategia ordenada y eficaz.
Nuestro trabajo incluye:
- Revisión de sentencia o convenio regulador.
- Análisis de incumplimientos y prueba disponible.
- Preparación de requerimiento formal.
- Demanda de ejecución de sentencia.
- Solicitud de multas coercitivas si procede.
- Petición de Punto de Encuentro Familiar.
- Valoración de modificación de medidas.
- Defensa frente a acusaciones falsas de incumplimiento.
- Coordinación con reclamación de pensión o gastos si también existen impagos.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS
¿Dónde denuncio el incumplimiento del régimen de visitas?
Normalmente la vía más eficaz es presentar una demanda de ejecución de sentencia ante el juzgado que dictó las medidas. La denuncia en comisaría puede servir para dejar constancia en casos concretos, pero no sustituye la ejecución civil.
¿Qué hago si mi ex no me deja ver a mi hijo?
Documenta cada intento de visita, guarda mensajes, evita enfrentamientos y consulta con un abogado de familia. Si el incumplimiento se repite, puede solicitarse ejecución de sentencia.
¿Qué pasa si el otro progenitor no recoge al menor?
También puede ser incumplimiento. Conviene documentarlo y, si la conducta es reiterada y perjudica al menor, valorar una modificación del régimen de visitas.
¿Puedo dejar de pagar la pensión si no me dejan ver a mi hijo?
No. La pensión y las visitas son obligaciones distintas. Si no te dejan ver a tu hijo, debes reclamar el cumplimiento del régimen de visitas, pero no dejar de pagar la pensión.
¿Puedo impedir visitas si no paga la pensión?
No es recomendable ni correcto. El impago de pensión debe reclamarse por ejecución económica o, en determinados casos, vía penal. Impedir visitas puede perjudicar tu posición judicial.
¿Sirven los WhatsApp como prueba?
Pueden servir, pero conviene conservarlos bien y reforzarlos con otras pruebas. Si son impugnados, puede ser necesaria pericial informática o medios de autenticación adicionales.
¿Puedo pedir multas al otro progenitor?
Sí, en casos de incumplimiento reiterado puede solicitarse al juzgado la imposición de multas coercitivas para forzar el cumplimiento de la resolución.
¿Puede cambiarse la custodia por incumplir visitas?
Puede valorarse si el incumplimiento es reiterado y perjudica al menor, pero no es automático. Hay que demostrar que el cambio responde al interés superior del hijo.
¿Cuánto tarda una ejecución de sentencia de familia?
Depende del juzgado, de la prueba aportada y de la oposición de la otra parte. Una ejecución bien documentada suele avanzar mejor que una reclamación basada solo en afirmaciones generales.
CONTACTA CON GARCÍA DEGÀ ADVOCATS
Si tu ex incumple el régimen de visitas, no esperes a que el conflicto se cronifique. Cuanto antes documentes los incumplimientos y actúes correctamente, más opciones tendrás de proteger la relación con tus hijos.
En García Degà Advocats, abogados de familia en Granollers, revisamos tu sentencia, ordenamos las pruebas y te indicamos la mejor vía: requerimiento, ejecución de sentencia, Punto de Encuentro o modificación de medidas.
No ofrecemos consultas gratuitas. Atendemos presencialmente en Granollers y también online cuando el asunto lo permite.