Recibir una carta de despido disciplinario puede generar mucha preocupación: la empresa te acusa de una falta grave, te comunica la extinción inmediata del contrato y, en muchos casos, te dice que no tienes derecho a indemnización. Pero eso no significa que el despido sea correcto ni que no puedas reclamar.
En García Degà Advocats, abogados laboralistas en Granollers, revisamos despidos disciplinarios para comprobar si la empresa ha probado realmente los hechos, si la sanción es proporcional, si se ha respetado el procedimiento y si procede reclamar la improcedencia o incluso la nulidad del despido.
¿QUÉ ES UN DESPIDO DISCIPLINARIO?
El despido disciplinario es la extinción del contrato de trabajo por decisión de la empresa cuando acusa al trabajador de un incumplimiento grave y culpable. No basta con que la empresa esté descontenta o alegue una falta genérica: debe describir hechos concretos, graves, imputables al trabajador y suficientemente probados.
Este tipo de despido es especialmente delicado porque, si se declara procedente, el trabajador no tiene derecho a indemnización por despido. Aun así, sí tendrá derecho al finiquito y, si cumple los requisitos generales, puede solicitar la prestación por desempleo.
CAUSAS DE UN DESPIDO DISCIPLINARIO
El Estatuto de los Trabajadores recoge varias causas que pueden justificar un despido disciplinario. Las más habituales son:
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Ofensas verbales o físicas al empresario, compañeros o terceras personas relacionadas con la empresa.
- Transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza.
- Disminución voluntaria y continuada del rendimiento normal o pactado.
- Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- Acoso por razón de origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual, acoso sexual o por razón de sexo.
La clave está en que la empresa debe probar la causa. No basta con escribirla en la carta de despido. Si no hay pruebas suficientes o la sanción es desproporcionada, el despido puede declararse improcedente.

LA CARTA DE DESPIDO: EL PRIMER DOCUMENTO QUE HAY QUE REVISAR
En un despido disciplinario, la carta es fundamental. La empresa debe comunicar el despido por escrito, indicando los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Si la carta es vaga, genérica o no permite saber exactamente qué se imputa, puede haber una base sólida para impugnar el despido.
Hay que revisar especialmente:
- Si la carta identifica hechos concretos.
- Si indica fechas, conductas y pruebas.
- Si la falta está suficientemente descrita.
- Si los hechos han prescrito.
- Si la empresa ha aplicado correctamente el convenio colectivo.
- Si existía obligación de expediente contradictorio o audiencia previa.
- Si la sanción de despido es proporcional.
Una carta mal redactada puede convertir un despido aparentemente grave en un despido improcedente.
AUDIENCIA PREVIA: ¿LA EMPRESA TENÍA QUE ESCUCHARTE ANTES DE DESPEDIRTE?
Uno de los aspectos más importantes en los despidos disciplinarios actuales es la audiencia previa. Antes de adoptar la decisión extintiva, la empresa debe permitir que el trabajador pueda defenderse de los cargos formulados contra él, especialmente en los despidos posteriores al cambio de doctrina del Tribunal Supremo.
Esto significa que, en muchos casos, no basta con entregar directamente la carta de despido. Hay que analizar si la empresa abrió un trámite real para que el trabajador pudiera explicar su versión antes de ser despedido.
Si no hubo audiencia previa, este defecto puede ser relevante para discutir la validez del despido, aunque cada caso debe analizarse según la fecha, el convenio aplicable, el tipo de empresa y las circunstancias concretas.
CONSECUENCIAS DE UN DESPIDO DISCIPLINARIO
Las consecuencias dependen de cómo se califique el despido:
| Calificación | Qué significa | Efectos principales |
|---|---|---|
| Procedente | La empresa acredita los hechos y la gravedad de la falta. | No hay indemnización por despido, pero sí finiquito. |
| Improcedente | No se prueban los hechos, la carta es defectuosa o la sanción es desproporcionada. | La empresa debe optar entre indemnización o readmisión. |
| Nulo | Existe vulneración de derechos fundamentales o discriminación. | Readmisión, salarios de tramitación y posible indemnización adicional. |
¿TENGO DERECHO A PARO SI ME DESPIDEN POR MOTIVOS DISCIPLINARIOS?
Sí. Uno de los mitos más habituales es creer que un despido disciplinario impide cobrar el paro. No es así. Si cumples los requisitos generales de cotización y estás en situación legal de desempleo, puedes solicitar la prestación aunque el despido sea disciplinario.
No es necesario que demandes contra el despido para poder pedir el paro. La comunicación empresarial del despido es suficiente para justificar la situación legal de desempleo ante el SEPE, sin perjuicio de que puedas impugnar el despido por separado si no estás de acuerdo.
En la práctica, puedes hacer dos cosas en paralelo:
- Solicitar la prestación por desempleo si reúnes los requisitos.
- Impugnar el despido dentro del plazo de 20 días hábiles si consideras que es injusto.
¿SE PUEDE IMPUGNAR UN DESPIDO DISCIPLINARIO?
Sí. El despido disciplinario puede impugnarse cuando no se han probado los hechos, cuando la carta es defectuosa, cuando la sanción es desproporcionada o cuando existen indicios de vulneración de derechos fundamentales.
El plazo para impugnar es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Antes de demandar, normalmente debe presentarse una papeleta de conciliación. Si no hay acuerdo, se presenta demanda ante el Juzgado de lo Social.
MOTIVOS FRECUENTES PARA GANAR UN DESPIDO DISCIPLINARIO
No todos los despidos disciplinarios son válidos. Algunos de los motivos más frecuentes para discutirlos son:
- Falta de prueba: la empresa acusa, pero no demuestra los hechos.
- Carta genérica: no se detallan fechas, conductas o circunstancias concretas.
- Desproporción: la falta existió, pero no era tan grave como para justificar el despido.
- Tolerancia empresarial previa: la empresa venía aceptando esa conducta y luego la usa para despedir.
- Prescripción de la falta: la empresa sanciona hechos antiguos fuera de plazo.
- Defectos de procedimiento: ausencia de audiencia previa, expediente contradictorio cuando proceda o incumplimiento del convenio.
- Discriminación o represalia: el despido encubre una vulneración de derechos fundamentales.
TIPOS DE DESPIDO DISCIPLINARIO QUE VEMOS CON FRECUENCIA
Despido por bajo rendimiento
La empresa debe demostrar que la disminución del rendimiento es voluntaria, continuada y comparable con un estándar objetivo. No basta con decir que trabajas menos.
Despido por faltas de asistencia o puntualidad
Hay que comprobar si las ausencias estaban justificadas, si se respetó el convenio colectivo y si la empresa actuó dentro de plazo.
Despido por transgresión de la buena fe contractual
Es una de las causas más utilizadas. Suele aparecer en acusaciones de abuso de confianza, uso indebido de medios de empresa, competencia desleal o supuestas irregularidades internas. Requiere una revisión detallada de pruebas.
Despido por ofensas o conflictos laborales
No toda discusión justifica un despido. Hay que valorar el contexto, la gravedad real de los hechos, testigos, provocaciones previas y proporcionalidad.
¿QUÉ HACER SI RECIBES UNA CARTA DE DESPIDO DISCIPLINARIO?
- No firmes conforme si no estás seguro. Puedes firmar como “no conforme” y poner la fecha real de entrega.
- Guarda la carta de despido. Es el documento clave para preparar la reclamación.
- No discutas por escrito sin asesoramiento. Un mensaje impulsivo puede perjudicarte.
- Reúne pruebas. Correos, WhatsApps, cuadrantes, fichajes, partes médicos, testigos o evaluaciones de rendimiento.
- Consulta rápido con un abogado laboralista. El plazo de 20 días hábiles empieza a correr.

¿POR QUÉ NECESITAS UN ABOGADO LABORALISTA EN GRANOLLERS?
Un despido disciplinario puede tener consecuencias económicas y profesionales importantes. La empresa suele presentar los hechos como si estuvieran claros, pero muchas veces la acusación no está probada, la sanción es excesiva o el procedimiento no se ha seguido correctamente.
En García Degà Advocats podemos ayudarte a:
- Revisar la carta de despido.
- Comprobar si existe audiencia previa o defectos de procedimiento.
- Analizar las pruebas de la empresa.
- Revisar el convenio colectivo aplicable.
- Calcular indemnización y finiquito.
- Preparar papeleta de conciliación.
- Negociar con la empresa.
- Presentar demanda por despido improcedente o nulo.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DESPIDO DISCIPLINARIO
¿Qué diferencia hay entre despido disciplinario y despido objetivo?
El despido disciplinario se basa en una falta grave y culpable del trabajador. El despido objetivo suele apoyarse en causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de ineptitud/situaciones objetivas previstas legalmente.
¿Tengo derecho a indemnización si me despiden disciplinariamente?
Si el despido es procedente, no hay indemnización por despido, aunque sí corresponde finiquito. Si se declara improcedente o nulo, pueden existir indemnización, readmisión o salarios de tramitación según el caso.
¿Puedo cobrar el paro tras un despido disciplinario?
Sí, siempre que cumplas los requisitos generales de cotización y solicitud. No necesitas esperar a una sentencia para pedir la prestación.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
El plazo general es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo breve, por lo que conviene actuar de inmediato.
¿Qué pasa si la empresa no me escuchó antes de despedirme?
Puede ser un defecto relevante. Desde el cambio de doctrina del Tribunal Supremo, la audiencia previa del trabajador en despidos disciplinarios debe analizarse con mucho cuidado.
¿Un despido disciplinario mancha mi expediente laboral?
No existe un “expediente laboral” público como tal, pero el despido puede tener impacto profesional y económico. Si los hechos son falsos o desproporcionados, impugnarlo puede ser importante para proteger tu trayectoria.
CONTACTA CON GARCÍA DEGÀ ADVOCATS
Si has recibido una carta de despido disciplinario en Granollers, no dejes pasar el plazo. Revisaremos la carta, las pruebas y las opciones reales de reclamar improcedencia o nulidad.
En García Degà Advocats atendemos de forma presencial en Granollers y también online cuando el asunto lo permite.
No ofrecemos consultas gratuitas.